Tu generosidad desgrava fiscalmente

Disfruta de ventajas fiscales por tus donativos
a una organización sin ánimo de lucro como la nuestra

Desde el 1 de enero de 2024, en el IRPF podrás deducirte el 80% del importe de tus donativos hasta 250€ y, a partir de esta cantidad, el 40%. Si llevas colaborando con nosotros al menos 3 años seguidos, la deducción es del 45% con un límite del 15% de la base liquidable.

Estas deducciones pueden ser diferentes si resides en una comunidad autónoma sujeta a un régimen foral particular o que ha establecido deducciones adicionales por donaciones a ONG.

Personas físicas (IRPF)

Deducción en la cuota íntegra –límite 15% base liquidable

Hasta 250€ de donación

80%

De los primeros 250€ que dones,
te deduces 200€

Resto de donaciones a partir de 250€

40%

A partir de 250€

45%

Cuando en el ejercicio y en los dos anteriores se haya donado un importe igual o superior a la misma entidad

Deducción adicional del 5% si la actividad a la que se dona está considerada prioritaria por la Ley de Presupuestos Generales del Estado

¿Sabías qué?

El 97% de los activos que recibimos se destinan a cumplir nuestra
misión y solo un 3% a cubrir mínimos costes operativos