Antecedentes
La Fundación Banco de Alimentos de Madrid (FBAM) comunica que con fecha 5 de noviembre 2024 la Federación Española de Bancos de Alimentos (FESBAL) convoca una reunión de emergencia ante las graves consecuencias provocadas por la DANA que afectan a Valencia y a otras zonas afectadas. En ella se acuerda que una parte de las donaciones obtenidas en la campaña la Gran Recogida se destinarán a dar apoyo a los bancos de las zonas afectadas, quedando bajo decisión de cada banco de alimentos el porcentaje que destinará en función de sus propias necesidades.
En el caso de Madrid y en esa misma fecha, los miembros del Comité de Dirección de la FBAM acuerdan que se pondrá a disposición de los bancos de alimentos afectados por la DANA hasta un 50% de las donaciones obtenidas durante la campaña la Gran Recogida, que se irán entregando a demanda según la evolución de la emergencia y las necesidades de cada banco afectado.
Por otro lado y coincidiendo con la DANA, se ha puesto de manifiesto la solidaridad y capacidad de respuesta de toda la sociedad que hizo que el Banco de Alimentos de Valencia haya recibido importantes cantidades de alimentos lo cual ha provocado problemas de espacio, almacenamiento y de clasificación de los mismos. Por esta razón, el Banco de Alimentos de Valencia solicitó a la FBAM que almacenara y retuviera los alimentos destinados a sus afectados hasta el momento en el que los vayan necesitando. Por ello la FBAM ha habilitado una zona de su almacén regulador del Corredor del Henares a tal efecto. Los alimentos almacenados y clasificados también serán repartidos a demanda a todos los bancos de alimentos afectados y damnificados de otras zonas según sus necesidades para evitar que caduquen.
En este contexto la FBAM expresa aquí su compromiso de gestionar las donaciones económicas y de alimentos procedentes de la Gran Recogida y destinadas a la solidaridad con los afectados por la DANA a través de los diferentes bancos afectados según las siguientes
Disposiciones
1ª. Vigencia
Para hacer el recuento de las donaciones recibidas, la vigencia de estas disposiciones comienza en el momento de la adhesión de la FBAM a las medidas acordadas en la reunión extraordinaria de la FESBAL el día 5 de noviembre y finaliza el 5 de diciembre 2024 coincidiendo con el último día de la campaña la Gran Recogida en la Comunidad de Madrid.
2ª. Compromisos de la Fundación Banco de Alimentos de Madrid
Donaciones provenientes de La Gran Recogida:
- Se destinará a los afectados por la DANA, a través de los bancos de alimentos de las provincias afectadas, hasta un máximo de un 50% de la parte que le corresponde al Banco de Alimentos de Madrid sobre el total de las donaciones – económicas o de alimentos – recibidas desde el 5 de noviembre hasta el 5 de diciembre 2024 – una vez deducidos los gastos producidos en esta actuación – y recibidas a través de los canales detallados a continuación:
- Donaciones económicas provenientes de la pasarela de pago de la campaña la Gran Recogida 2024 (transferencia o BIZUM 33632).
- Se destinará hasta un 50% de las donaciones económicas procedentes de la Gran Recogida 2024 recibidas en las líneas de caja en establecimientos habilitados con donación económica o donación mixta en las cadenas de distribución colaboradoras a la compra de alimentos de cesta básica que serán entregados a los bancos de las zonas afectadas bajo demanda.
Otras donaciones económicas:
- Donaciones económicas de empresas y/o particulares ingresadas en la cuenta de emergencia creada especialmente para afectados por la DANA (transferencia o BIZUM 10571).
- Las donaciones económicas recibidas para la Gran Recogida antes del dia 5 de noviembre y después del día 5 de diciembre de 2024, es decir, fuera del periodo de vigencia establecido en la disposición PRIMERA, se destinarán a los fines sociales habituales de la FBAM de atención a población vulnerable de la Comunidad de Madrid a través de las entidades benéficas colaboradoras habituales.
Donaciones de alimentos:
- Se tendrán en cuanta las donaciones de alimentos que se recojan durante la campaña de la Gran Recogida los días 22, 23 y 24 de noviembre en los establecimientos con recogida física de alimentos.
- Se pondrán a disposición de los bancos de alimentos afectados por la DANA hasta un 50% de los alimentos recibidos, teniendo en cuenta que han de formar parte de la lista de alimentos de cesta básica.
- La distribución de alimentos se llevará a cabo siempre que se reciba una solicitud expresa por escrito por parte de alguno de los bancos de alimentos de las zonas afectadas por la DANA en función de la disponibilidad y alimentos recibidos en el Banco de Alimentos de Madrid.
- Estos productos estarán a disposición siempre que sea viable por su vida útil. Lógicamente, la FBAM hará una gestión responsable del los alimentos que estén próximos a su fecha de caducidad para evitar al máximo su desperdicio distribuyéndolos en su propio entorno y siempre que el coste de almacenamiento, si lo hubiera, sea sostenible para la FBAM.
- Se sumarán los alimentos físicos donados por empresas que se han adherido a la campaña laa Gran Recogida identificados en el momento de la entrada a nuestros almacenes con el concepto “DANA” respetando la voluntad de las empresas donantes.
3ª. Procedimiento
La FBAM decidirá el procedimiento para hacer efectivas las donaciones económicas a los bancos de alimentos de las zonas afectadas ya sea vía transferencia bancaria, donación de alimentos, o lo que se considere más efectivo según las necesidades de cada zona afectada.