Tu generosidad desgrava fiscalmente
Disfruta de ventajas fiscales por tus donativos
a una organización sin ánimo de lucro como la nuestra
Desde el 1 de enero de 2024, en el IRPF podrás deducirte el 80% del importe de tus donativos hasta 250€ y, a partir de esta cantidad, el 40%. Si llevas colaborando con nosotros al menos 3 años seguidos, la deducción es del 45% con un límite del 15% de la base liquidable.
Estas deducciones pueden ser diferentes si resides en una comunidad autónoma sujeta a un régimen foral particular o que ha establecido deducciones adicionales por donaciones a ONG.
Personas físicas (IRPF)
Deducción en la cuota íntegra –límite 15% base liquidable–
Hasta 250€ de donación
De los primeros 250€ que dones,
te deduces 200€
Resto de donaciones a partir de 250€
A partir de 250€
Cuando en el ejercicio y en los dos anteriores se haya donado un importe igual o superior a la misma entidad
Deducción adicional del 5% si la actividad a la que se dona está considerada prioritaria por la Ley de Presupuestos Generales del Estado
¿Sabías qué?
El 97% de los activos que recibimos se destinan a cumplir nuestra
misión y solo un 3% a cubrir mínimos costes operativos